La Casa de Gobierno envió un proyecto a la Legislatura para solicitar una modificación a la Ley de Administración Financiera (6.970), a fin de habilitar la posibilidad de que los contribuyentes afronten los impuestos provinciales -Rentas, Inmobiliario, etcétera- mediante tarjeta de crédito. Y si bien no hay plazos para la eventual sanción y puesta en vigencia de esta normativa, en el cuerpo colegiado comenzaron a analizar el texto remitido por el Poder Ejecutivo (PE).
La iniciativa lleva las firmas del gobernador, Osvaldo Jaldo, y del ministro de Economía, Daniel Abad, e ingresó por mesa de entradas de la Cámara provincial el viernes pasado.
En concreto, se propone la sustitución del artículo 33 de la Ley de Administración Financiera, que en su redacción actual otorga un plazo máximo de hasta siete días hábiles a quienes recaudan rentas de jurisdicción provincial, ya sea como agentes o gestores, para efectuar el depósito correspondiente.
Con la mirada puesta en octubre: Jaldo y Mansilla analizaron el escenario político de TucumánLa intención del Poder Ejecutivo es llevar ese límite a 20 días hábiles. “Motiva la reforma propuesta la necesidad de adecuar los procedimientos de recaudación de impuestos a las nuevas tecnologías y modalidades de pagos del mercado”, señala el proyecto en los considerando.
Agrega luego que la revisión legislativa “también se justifica en la necesidad de garantizar el más eficiente y ágil procedimiento de recaudación de fondos para las arcas públicas”. “A su turno, la modificación permitirá la cancelación de los impuestos provinciales mediante el pago con tarjeta de crédito, generando ello no solo una ventaja para el contribuyente, sino también para la Administración, desde que facilita la recaudación tributaria en tiempos oportunos”, expresa el proyecto del PE.
Bajo análisis legislativo
La propuesta fue girada a la comisión de Hacienda y Presupuesto, que preside Carlos Gallia. El legislador peronista comenzó a analizar el expediente junto a sus asesores -también están en carpeta otras iniciativas de la Casa de Gobierno, como el régimen de incentivos para inversores y el fomento para la creación de empleo-, aunque el tratamiento en el recinto está sujeto a la posibilidad de que se convoque a sesión extraordinaria durante el receso invernal.
Como no se trató de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), la Legislatura cuenta con la posibilidad de alterar la redacción original, o incluso de agregar especificaciones al texto, tanto durante su análisis en la comisión de Hacienda y Presupuesto como en el propio recinto.
De hecho, el proyecto no establece por ejemplo si se contará con la posibilidad de abonar impuestos provinciales en cuotas, o si solo se podrán cancelar los compromisos en un pago.
Más allá de estas cuestiones, el oficialismo tiene los números para avanzar con la aprobación del proyecto requerido por el Poder Ejecutivo.
Como en CABA
La presidenta del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán (Cgcet), Érica Silvana Stöckl, efectuó un análisis de la iniciativa ante una consulta de LA GACETA. “El proyecto de ley propone una adecuación de plazos, para pasar de siete a 20 días hábiles, en lo que demorarían los agentes que prestan el servicio de recaudación al Gobierno provincial para depositar al fisco el dinero que le corresponde”, explicó. La contadora indicó que, desde el punto de vista del contribuyente, “la novedad está en el hecho de incorporar un nuevo medio de pago, como es una tarjeta de crédito, dado que hoy únicamente es posible hacerlo mediante transferencia o débito”. “Implica un beneficio en el sentido de que es una nueva fuente de financiación, ya que se va a poder aplazar el pago hasta el próximo vencimiento de su tarjeta”, dijo. Y aclaró que esta modalidad ya funciona en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde por ejemplo se puede abonar Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) de esta manera.
Luego, Stöckl efectuó una advertencia respecto a una posible implementación. “Algo que debería analizar el fisco es cuánto demoraría en impactar ese pago en la cancelación de la deuda que tiene el contribuyente. Porque una cosa es cuando se hace frente a una cancelación normal; y otra, cuando se está en mora y se necesita un libre deuda. En ese caso, el contribuyente paga, espera el tiempo a que impacte y cuenta con el libre deuda. Al tener 20 días hábiles de proceso, puede llegar a haber una demora. Es importante que el fisco adecúe los sistemas actuales a este medio de pago, en el cual el contribuyente cancela, pero el fisco todavía no dispondría de los fondos en sus arcas”, remarcó. Y añadió que, a la vez, “esta ampliación de los plazos para los agentes recaudadores implica un costo financiero para el fisco”. “Pero entendemos que, si el Gobierno provincial envía este proyecto, es un aspecto que ha analizado”, interpretó.